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Real cédula de S.M. de 14 de octubre de 1802 por la qual se sirve declarar que el repartimiento y cobranza de los Reales derechos en los Pueblos encabezados, su conducción a las tesorerías del Partido, y premio establecido por este encargo, es propio y privativo de los Alcaldes Ordinarios y Regidores, con exclusión de los Corregidores y Alcaldes mayores, con otras cosas, segun se expresa

Material type: TextTextPublisher: Toledo Imprenta de Anguiano 1802Description: 5 h. 30 cm.Subject(s): ESPAÑA | SIGLO XIX | IMPUESTOS
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Fondo antiguo
IEF
FA 661 (Browse shelf) Available (Solo red.es) Hall 2ª planta. Armario 2. Cajón 2 FA 661
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FA 659 Real cédula de S.M. y señores del Consejo por la qual se manda que de los frutos exentos de diezmar se contribuya a favor de la Real hacienda con un tres y un tercio por ciento, bien sea en especie, ó á dinero por el valor que se les regule, en la forma que se expresa FA 66 Comentario crítico-jurídico-literal a las ochenta y tres leyes de Toro FA 660 Real cédula de S.M. y señores del Consejo por la qual se manda observar y cumplir el Reglamento formado para la recaudación y administración del servicio anual sobre Criados, Mulas y Caballos, Tiendas ... que se impuso por otra de 10 de noviembre de 1799 FA 661 Real cédula de S.M. de 14 de octubre de 1802 por la qual se sirve declarar que el repartimiento y cobranza de los Reales derechos en los Pueblos encabezados, su conducción a las tesorerías del Partido, y premio establecido por este encargo, es propio y privativo de los Alcaldes Ordinarios y Regidores, con exclusión de los Corregidores y Alcaldes mayores, con otras cosas, segun se expresa FA 662 Decreto del Rey de diez y ocho de junio de mil setecientos cinquenta y seis, declarando las compañias de fábricas y generos que han de gozar de exempciones, y en què derechos; y las que quedan excluìdas de ellas; comunicado, de orden de S.M., por el Señor Conde de Valdeparayso, à los Directores Generales de Rentas, en Aviso de veinte y uno del mismo mes FA 663 Real Decreto para el establecimiento del sistema géneral del crédito público, y la bula dada por el Santisimo Padre Pio VII en Roma a 26 de junio de 1818 FA 664 Real cédula de S.M... por el qual se nombre un subdelegado general que se encargue de todo lo concerniente al ramo del papel sellado con la jurisdiccióny facultades necesarias: se establece lo que se ha de observar en su uso en lospliegos intermedos y en su calidad, y la aplicación que ha de darse á su producto en el pago de los sueldos de los Ministros y Dependientes de los Tribunales de la Corte y de las Provincias, todo en la forma que se expresa

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