Real cédula de S.M. de 14 de octubre de 1802 por la qual se sirve declarar que el repartimiento y cobranza de los Reales derechos en los Pueblos encabezados, su conducción a las tesorerías del Partido, y premio establecido por este encargo, es propio y privativo de los Alcaldes Ordinarios y Regidores, con exclusión de los Corregidores y Alcaldes mayores, con otras cosas, segun se expresa .-- Toledo : Imprenta de Anguiano , 1802

.--5 h. 30 cm.


ESPAÑA
SIGLO XIX
IMPUESTOS

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