Un nuevo exit tax en el ordenamiento español el Artículo 95 bis LIRPF Aurora Ribes Ribes
By: Ribes Ribes, Aurora
.
Material type: 






Item type | Current location | Home library | Call number | Status | Date due | Barcode |
---|---|---|---|---|---|---|
IEF | CT/2015/154-5 (Browse shelf) | Available | CT/2015/154-5 |
Browsing IEF Shelves Close shelf browser
Resumen. Conclusión.
La reforma fiscal acometida en 2014 ha introducido un nuevo impuesto de salida en elordenamiento español. En efecto, el artículo 95 bis LIRPF, en vigor desde el 1 de enerode 2015, resulta aplicable a determinados supuestosde traslado de residencia fiscal detitulares de participaciones significativas. Este trabajo examina los distintos escenariosgravados por el exit tax, a fin de concluir su adecuación o no a la luz de la jurisprudenciaeuropea en la materia.Asimismo, desde la óptica del Derecho Internacional Tributario, se analiza si el artículo 95 bis LIRPF podría constituir un supuesto de treaty override y se ofrecen soluciones en aras a evitar la doble imposición interna y/o internacional que eventualmente pueda producirse.
There are no comments for this item.