Un nuevo exit tax en el ordenamiento español el Artículo 95 bis LIRPF Aurora Ribes Ribes
By: Ribes Ribes, Aurora
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Item type | Current location | Home library | Call number | Status | Date due | Barcode |
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IEF | CT/2015/154-5 (Browse shelf) | Available | CT/2015/154-5 |
Resumen. Conclusión.
La reforma fiscal acometida en 2014 ha introducido un nuevo impuesto de salida en elordenamiento español. En efecto, el artículo 95 bis LIRPF, en vigor desde el 1 de enerode 2015, resulta aplicable a determinados supuestosde traslado de residencia fiscal detitulares de participaciones significativas. Este trabajo examina los distintos escenariosgravados por el exit tax, a fin de concluir su adecuación o no a la luz de la jurisprudenciaeuropea en la materia.Asimismo, desde la óptica del Derecho Internacional Tributario, se analiza si el artículo 95 bis LIRPF podría constituir un supuesto de treaty override y se ofrecen soluciones en aras a evitar la doble imposición interna y/o internacional que eventualmente pueda producirse.
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