Pactos sucesorios y beneficios fiscales de la empresa familiar la controvertida Consulta de la DGT de 5 de junio de 2020 Jordi de Juan Casadevall
By: Juan Casadevall, Jordi de
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Item type | Current location | Home library | Call number | Status | Date due | Barcode |
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Artículos | IEF | IEF | OP 17/2020/19-2 (Browse shelf) | Available | OP 17/2020/19-2 |
Disponible también en formato electrónico.
Resumen.
El autor analiza la reciente resolución de la Dirección General de Tributos de 5 de junio de 2020 que, en
respuesta a una consulta tributaria, ha denegado el régimen fiscal bonificado a una adquisición “mortis
causa” derivado de un pacto sucesorio de “finiquito de legítima”, regulada por el Derecho balear. Según el
Centro Directivo, no es aplicable la reducción del 95 % del importe de la adquisición, porque la normativa
fiscal exige que el causante sea una persona fallecida. Frente a esa rigidez interpretativa, se propone una interpretación flexible, partiendo de las consideraciones vertidas por el Tribunal Supremo en
su sentencia de 9 de febrero de 2016, relativa a un pacto sucesorio muy similar, la “apartación” gallega.
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