Juan Casadevall, Jordi de
Pactos sucesorios y beneficios fiscales de la empresa familiar la controvertida Consulta de la DGT de 5 de junio de 2020 / Jordi de Juan Casadevall .-- , 2020
Successory agreements and tax benefits of the family business : the controverted Query of the DGT of june 5, 2020
Disponible también en formato electrónico.
Resumen.
El autor analiza la reciente resolución de la Dirección General de Tributos de 5 de junio de 2020 que, en
respuesta a una consulta tributaria, ha denegado el régimen fiscal bonificado a una adquisición “mortis
causa” derivado de un pacto sucesorio de “finiquito de legítima”, regulada por el Derecho balear. Según el
Centro Directivo, no es aplicable la reducción del 95 % del importe de la adquisición, porque la normativa
fiscal exige que el causante sea una persona fallecida. Frente a esa rigidez interpretativa, se propone una interpretación flexible, partiendo de las consideraciones vertidas por el Tribunal Supremo en
su sentencia de 9 de febrero de 2016, relativa a un pacto sucesorio muy similar, la “apartación” gallega.
EMPRESAS FAMILIARES
PACTOS SUCESORIOS
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
REDUCCIONES TRIBUTARIAS
CONSULTAS TRIBUTARIAS
ESPAÑA
Revista Quincena Fiscal 1132-8576n. 19, Noviembre 2020, p. 17-30
Pactos sucesorios y beneficios fiscales de la empresa familiar la controvertida Consulta de la DGT de 5 de junio de 2020 / Jordi de Juan Casadevall .-- , 2020
Successory agreements and tax benefits of the family business : the controverted Query of the DGT of june 5, 2020
Disponible también en formato electrónico.
Resumen.
El autor analiza la reciente resolución de la Dirección General de Tributos de 5 de junio de 2020 que, en
respuesta a una consulta tributaria, ha denegado el régimen fiscal bonificado a una adquisición “mortis
causa” derivado de un pacto sucesorio de “finiquito de legítima”, regulada por el Derecho balear. Según el
Centro Directivo, no es aplicable la reducción del 95 % del importe de la adquisición, porque la normativa
fiscal exige que el causante sea una persona fallecida. Frente a esa rigidez interpretativa, se propone una interpretación flexible, partiendo de las consideraciones vertidas por el Tribunal Supremo en
su sentencia de 9 de febrero de 2016, relativa a un pacto sucesorio muy similar, la “apartación” gallega.
EMPRESAS FAMILIARES
PACTOS SUCESORIOS
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
REDUCCIONES TRIBUTARIAS
CONSULTAS TRIBUTARIAS
ESPAÑA
Revista Quincena Fiscal 1132-8576n. 19, Noviembre 2020, p. 17-30