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Tributos autonómicos basados en el incumplimiento de la función social de la propiedad y su configuración a la luz de la prohibición de equivalencia del artículo 6.3 de la LOFCA a propósito del canon de inmuebles en estado de abandono de la Comunidad Autónoma gallega José Manuel Iglesias Casais

By: Iglesias Casais, José Manuel.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2020Other title: Autonomous taxes based on the breach of social function of property and its configuration in light of the equivalence to the Article 6.3 from LOFCA. Regarding the levy for the abandoned real estate properties in the Galician Autonomous Community.Subject(s): TRIBUTOS REGIONALES | VIVIENDA DESOCUPADA | DOBLE IMPOSICION | IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES | EXTRAFISCALIDAD | ESPAÑA | GALICIA In: Revista Quincena Fiscal n. 18, Octubre 2020, p. 89-110Summary: El artículo 6 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) impide a las Comunidades Autónomas crear tributos propios «coincidentes» o «equivalentes» con otros de ámbito estatal o local. La creciente cantidad de tributos autonómicos que recaen sobre lo que se ha dado en llamar infrautilización de bienes inmuebles, entre los que se encuentra el reciente canon de inmuebles declarados en estado de abandono (CIDEA) creado por el Parlamento gallego a través de la Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia, obliga a replantearse el examen de constitucionalidad de esta clase de impuestos de naturaleza extrafiscal a la luz del artículo 6.3 de la LOFCA por su posible coincidencia o solapamiento con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
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Resumen.

El artículo 6 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) impide a las Comunidades Autónomas crear tributos propios «coincidentes» o
«equivalentes» con otros de ámbito estatal o local. La creciente cantidad de tributos autonómicos que recaen sobre lo que se ha dado en llamar infrautilización de bienes inmuebles, entre los que se encuentra el
reciente canon de inmuebles declarados en estado de abandono (CIDEA) creado por el Parlamento gallego a través de la Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas
de Galicia, obliga a replantearse el examen de constitucionalidad de esta clase de impuestos de
naturaleza extrafiscal a la luz del artículo 6.3 de la LOFCA por su posible coincidencia o solapamiento con
el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

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