Márquez Sillero, Carmen
La aplicación del principio de íntegra regularización en los procedimientos de gestión tributaria (comentario a la resolución de 27 de julio de 2021, del recurso de reposición de 14 de septiembre de 2021 y al acuerdo de imposición de sanción de 8 de octubre de 2021) electrónico / Carmen Márquez Sillero, Antonio Márquez Márquez .-- , 2022
Disponible únicamente en formato electrónico.
Resumen.
En el desarrollo de un procedimiento de comprobación limitada, suelen aparecer hechos y circunstancias que permiten aplicar el principio de íntegra regularización, antes de dictar la resolución con que finaliza el procedimiento. Sin embargo, los Órganos de Gestión no la vienen aplicando por la errónea creencia de su falta de competencia. En esos casos, como el comentado, se corre el riesgo de que la resolución provisional sea nula por la existencia de un defecto formal con efectos sustantivos, la violación de los principios de justicia tributaria, la ausencia de buena administración con un considerable incremento de la litigiosidad. En demostrar lo erróneo de este proceder administrativo se dedica el presente comentario, apoyado en abundante doctrina científica y jurisprudencia.
GESTION TRIBUTARIA
REGULARIZACIONES FISCALES
ESPAÑA
Márquez y Márquez, Antonio
Carta Tributaria : Revista de Opinión 2443-9843 [papel]n. 82, Enero 2022
La aplicación del principio de íntegra regularización en los procedimientos de gestión tributaria (comentario a la resolución de 27 de julio de 2021, del recurso de reposición de 14 de septiembre de 2021 y al acuerdo de imposición de sanción de 8 de octubre de 2021) electrónico / Carmen Márquez Sillero, Antonio Márquez Márquez .-- , 2022
Disponible únicamente en formato electrónico.
Resumen.
En el desarrollo de un procedimiento de comprobación limitada, suelen aparecer hechos y circunstancias que permiten aplicar el principio de íntegra regularización, antes de dictar la resolución con que finaliza el procedimiento. Sin embargo, los Órganos de Gestión no la vienen aplicando por la errónea creencia de su falta de competencia. En esos casos, como el comentado, se corre el riesgo de que la resolución provisional sea nula por la existencia de un defecto formal con efectos sustantivos, la violación de los principios de justicia tributaria, la ausencia de buena administración con un considerable incremento de la litigiosidad. En demostrar lo erróneo de este proceder administrativo se dedica el presente comentario, apoyado en abundante doctrina científica y jurisprudencia.
GESTION TRIBUTARIA
REGULARIZACIONES FISCALES
ESPAÑA
Márquez y Márquez, Antonio
Carta Tributaria : Revista de Opinión 2443-9843 [papel]n. 82, Enero 2022