Sánchez Huete, Miguel Ángel
¿Existe un deber tributario a obtener datos ajenos? la información en la cesión de uso de viviendas con fines turísticos / Miguel Ángel Sánchez Huete .-- , 2018
Disponible también en formato electrónico a través de la Biblioteca del IEF.
El presente artículo analiza las obligaciones de información introducidas por el art. 54 ter del R.D. 1070/2017. En concreto se estudia una de ellas, la que corresponde a los intermediarios y que establece la obligación de información sobre datos que no se derivan de su tráfico habitual. A través de la obligación de información de los datos ajenos se crea una previa obligación de obtención de información del titular de los datos. El intermediario, obligado a informar, ha de requerir al tercero con quien se relaciona la información que el art. 54 ter del R.D. 1070/2017 le demanda. El fundamento de dicha obligación es la prevención del fraude tributario ajeno, pero existe una cuestión previa que el reglamento no prevé: ¿la obligación de obtener tal información ajena esta prevista por la ley?
VIVIENDA TURÍSTICA
ARRENDAMIENTO URBANO
TURISMO
FRAUDE FISCAL
INFORMACION TRIBUTARIA
ECONOMÍA COLABORATIVA
ESPAÑA
Revista Quincena Fiscal 1132-8576 n. 14, Julio 2018, p. 19-40
¿Existe un deber tributario a obtener datos ajenos? la información en la cesión de uso de viviendas con fines turísticos / Miguel Ángel Sánchez Huete .-- , 2018
Disponible también en formato electrónico a través de la Biblioteca del IEF.
El presente artículo analiza las obligaciones de información introducidas por el art. 54 ter del R.D. 1070/2017. En concreto se estudia una de ellas, la que corresponde a los intermediarios y que establece la obligación de información sobre datos que no se derivan de su tráfico habitual. A través de la obligación de información de los datos ajenos se crea una previa obligación de obtención de información del titular de los datos. El intermediario, obligado a informar, ha de requerir al tercero con quien se relaciona la información que el art. 54 ter del R.D. 1070/2017 le demanda. El fundamento de dicha obligación es la prevención del fraude tributario ajeno, pero existe una cuestión previa que el reglamento no prevé: ¿la obligación de obtener tal información ajena esta prevista por la ley?
VIVIENDA TURÍSTICA
ARRENDAMIENTO URBANO
TURISMO
FRAUDE FISCAL
INFORMACION TRIBUTARIA
ECONOMÍA COLABORATIVA
ESPAÑA
Revista Quincena Fiscal 1132-8576 n. 14, Julio 2018, p. 19-40