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La Directiva ( UE ) 2016/343 y el derecho a no autoinculparse en materia tributaria José Alberto Sanz Díaz-Palacios

By: Sanz Díaz Palacios, José Alberto.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2017Subject(s): DERECHO PENAL TRIBUTARIO | DELITO FISCAL | DERECHO A NO AUTOINCULPARSE | PRESUNCIÓN DE INOCENCIA | UNION EUROPEA | ARMONIZACION | ESPAÑA | LEGISLACION COMUNITARIA In: Crónica Tributaria n. 162, 2017, p. 113-136Summary: Es indudable la trascendencia de la Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016 (por la que se refuerzan en el proceso penal determinadosaspectos de la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio).Pero lamentamos su enfoque excesivamente limitado y, en suma, que dicha Directivahaya optado por una armonización de lasdisposiciones nacionales «a la baja». Concretamente, en el ámbito tributario subsisten los problemas que plantean el derecho a no autoinculparse, previsto en el art. 24 de la Constitución española (CE), y el deber de colaborar con la autoridad fiscal, conforme al art. 31 CE. Además la situación en España alrespecto es especialmente compleja, ante el nuevo escenario de responsabilidad penal delas personas jurídicas, superado ya el principio societas delinquere non potest.
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CT/2017/162-5 (Browse shelf) Available CT/2017/162-5

Resumen. Conclusión. Bibliografía.

Es indudable la trascendencia de la Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016 (por la que se refuerzan en el proceso penal determinadosaspectos de la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio).Pero lamentamos su enfoque excesivamente limitado y, en suma, que dicha Directivahaya optado por una armonización de lasdisposiciones nacionales «a la baja». Concretamente, en el ámbito tributario subsisten los problemas que plantean el derecho a no autoinculparse, previsto en el art. 24 de la Constitución española (CE), y el deber de colaborar con la autoridad fiscal, conforme al art. 31 CE. Además la situación en España alrespecto es especialmente compleja, ante el nuevo escenario de responsabilidad penal delas personas jurídicas, superado ya el principio societas delinquere non potest.

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