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Reflexiones sobre la constitucionalidad del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas un análisis de la STC 149/2023, de 7 de noviembre Albert Navarro García

By: Navarro García, Albert.
Material type: ArticleArticleSubject(s): IMPUESTO TEMPORAL DE SOLIDARIDAD DE LAS GRANDES FORTUNAS | INCONSTITUCIONALIDAD | COMUNIDADES AUTONOMAS | COMPETENCIAS | PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES | ESPAÑA In: Nueva fiscalidad n. 4, Octubre-Diciembre 2023, p. 359-370Summary: La Sentencia del Tribunal Constitucional 149/2023, de 7 de noviembre, se ocupa de un recurso de inconstitucionalidad presentado por la Comunidad de Madrid contra el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas creado por la Ley 38/2022, de 27 de diciembre. La cuestión se centra en la posible violación de los arts. 9.3, 23.2, 31.1, 156.1, 157.3 de la Constitución Española, que se relacionan con la retroactividad de los impuestos, el ius in officium de los parlamentarios, el principio de capacidad económica y no confiscatoriedad de los tributos, y la autonomía financiera de las comunidades autónomas. En esta línea, se examina la validez de los argumentos del Tribunal Constitucional que respaldan la constitucionalidad del impuesto, a pesar del voto particular conjunto de cuatro magistrados en oposición al fallo de la sentencia. Finalmente, se realiza una breve reflexión sobre posibles fundamentos de ilegalidad adicionales del impuesto cuestionado que no fueron examinados en la decisión constitucional.
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Resumen.

Bibliografía.

La Sentencia del Tribunal Constitucional 149/2023, de 7 de noviembre, se ocupa de un recurso de inconstitucionalidad presentado por la Comunidad de Madrid contra el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas creado por la Ley 38/2022,
de 27 de diciembre. La cuestión se centra en la posible violación de los arts. 9.3, 23.2, 31.1, 156.1, 157.3 de la Constitución Española, que se relacionan con la retroactividad de los impuestos, el ius in officium de los parlamentarios, el principio de capacidad económica y no confiscatoriedad de los tributos, y la autonomía financiera de las comunidades autónomas. En esta línea, se examina la validez de los argumentos del Tribunal Constitucional que respaldan la constitucionalidad del impuesto, a pesar del voto particular conjunto de cuatro magistrados en oposición al fallo de la sentencia. Finalmente, se realiza una breve reflexión sobre posibles fundamentos de ilegalidad adicionales del impuesto cuestionado que no fueron examinados en la decisión constitucional.

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