Vinculación de la Administración tributaria y de la jurisdicción contenciosa a los hechos fijados en sede penal ¿la jurisdicción penal es prevalente respecto de otros órdenes? : análisis de ls STS de 14 de julio de 2023, rec. num. 7409/2021 Claudio García Díez
By: García Díez, Claudio.
Material type: ArticleSubject(s): ADMINISTRACION TRIBUTARIA | PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO | PROCEDIMIENTO PENAL | ESPAÑA | JURISPRUDENCIA In: Estudios financieros: Revista de Contabilidad y Tributación. Comentarios, Casos Prácticos n. 490, enero 2024, p. 95-126Summary: El presente comentario se centra en las relaciones entre jurisdicciones a la hora de entender acreditados unos mismos hechos. Más concretamente, si hay una jurisdicción prevalente res-pecto a otras. En particular, si el orden penal, al declarar indubitadamente un hecho probado (dotado de trascendencia incriminatoria o absolutoria), debe ser acatado sin reservas por otros sectores del ordenamiento o, por el contrario, se deja la puerta abierta a la posibilidad de aceptar relatos fácticos contradictorios en función del ámbito (penal, civil, contencioso, etc.) ante el que nos encontremosItem type | Current location | Home library | Call number | Status | Date due | Barcode |
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Artículos | IEF | IEF | OP 8/2024/490-3 (Browse shelf) | Available | OP 8/2024/490-3 |
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Bibliografía
El presente comentario se centra en las relaciones entre jurisdicciones a la hora de entender acreditados unos mismos hechos. Más concretamente, si hay una jurisdicción prevalente res-pecto a otras. En particular, si el orden penal, al declarar indubitadamente un hecho probado (dotado de trascendencia incriminatoria o absolutoria), debe ser acatado sin reservas por otros sectores del ordenamiento o, por el contrario, se deja la puerta abierta a la posibilidad de aceptar relatos fácticos contradictorios en función del ámbito (penal, civil, contencioso, etc.) ante el que nos encontremos
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