Alcance del beneficio fiscal en el IRPF, en el caso de las donaciones de una empresa familiar electrónico resolución del Tribunal-Económico-Administrativo Central de 29 de mayo de 2023 (recurso 1501/2020) J. Javier Pérez-Fadón Martínez
By: Pérez Fadón Martínez, José Javier
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Item type | Current location | Home library | Call number | Status | Date due | Barcode |
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Recursos electrónicos | IEF | IEF | OP 27-A/2023/103-9 (Browse shelf) | Available | OP 27-A/2023/103-9 |
El Tribunal Económico-Administrativo Central, en su Resolución de 29 de mayo de 2023 (recurso 1501/2020), establece que los bienes no afectos a la actividad de una empresa familiar, en los términos de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, que fueran donados a una persona, no dan lugar a considerar que no existe ganancia patrimonial. Sin embargo, el cálculo del porcentaje de bienes no afectos sobre el total del activo de la empresa mediante los calculados con datos de las PYMEs, en el caso de una gran empresa, como la del supuesto reclamado, no es un método válido para su cuantificación, por lo que debe hacerse de otro modo
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