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La encrucijada de las derivaciones de responsabilidad tributaria Francisco J. Magraner Moreno, María del Carmen Ballesteros Soler

By: Magraner Moreno, Francisco J.
Contributor(s): Ballesteros Soler, María del Carmen.
Material type: ArticleArticleSubject(s): RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA | DEUDA TRIBUTARIA | INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS | ESPAÑA In: EL Consultor de los Ayuntamientos n. 9, septiembre 2023, p. 35-48Summary: En el ámbito de la recaudación tributaria las distintas administraciones disponen del mecanismo de la responsabilidad tributaria para cobrar la deuda tributaria y, en algunos supuestos, también las sanciones, a un sujeto distinto del deudor principal. Hoy en día, la Ley General Tributaria recoge dos categorías de responsabilidad y, dentro de estas, determinados supuestos con su particular naturaleza. La caracterización normativa que se ha establecido a cada uno de estos supuestos y la interpretación jurisprudencial que día a día se está efectuando de sus elementos esenciales, ha ocasionado que su aplicación práctica diste de ser sencilla. La jurisprudencia del TS, como recoge la STS de 28/4/2023, recurso 72/2021, ha remarcado «la gran heterogeneidad de los distintos supuestos de responsabilidad y por ello, la necesidad de atender a las características específicas y fundamento de cada uno de ellos».
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En el ámbito de la recaudación tributaria las distintas administraciones disponen del mecanismo de la responsabilidad tributaria para cobrar la deuda tributaria y, en algunos supuestos, también las sanciones, a un sujeto distinto del deudor principal. Hoy en día, la Ley General Tributaria recoge dos categorías de responsabilidad y, dentro de estas, determinados supuestos con su particular naturaleza. La caracterización normativa que se ha establecido a cada uno de estos supuestos y la interpretación jurisprudencial que día a día se está efectuando de sus elementos esenciales, ha ocasionado que su aplicación práctica diste de ser sencilla. La jurisprudencia del TS, como recoge la STS de 28/4/2023, recurso 72/2021, ha remarcado «la gran heterogeneidad de los distintos supuestos de responsabilidad y por ello, la necesidad de atender a las características específicas y fundamento de cada uno de ellos».

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