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La residencia autonómica y su prueba Marta González Aparicio

By: González Aparicio, Marta.
Material type: ArticleArticleOther title: The autonomous residence and its proof.Subject(s): ESPAÑA | RESIDENCIA FISCAL | COMUNIDADES AUTONOMAS | CESION DE TRIBUTOS | MEDIOS DE PRUEBA In: Revista Quincena Fiscal n. 8, abril 2023, p. 47-101Summary: Las competencias cedidas a las Comunidades Autónomas en materia fiscal dan lugar a normativas autonómicas diferenciadas dentro del Estado español. La legislación propia, que afecta a los tributos cedidos, genera desigualdades en la tributación en un mismo impuesto, derivadas de la residencia del contribuyente en una u otra autonomía. Estas particularidades territoriales hacen imprescindible la correcta fijación de la residencia autonómica, a fin de determinar la normativa tributaria que le resultará de aplicación y el régimen fiscal al que queda sometido. Para determinar esta residencia habrá que acudir, en primer término, a los criterios legales previstos a tal efecto. La acreditación del cumplimiento de alguno de estos criterios por el contribuyente será objeto de prueba, correspondiendo su valoración, en primer término, a los órganos de la Administración tributaria. La valoración de esta prueba genera numerosos conflictos entre la Administración y el contribuyente siendo, en muchas ocasiones, los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa los que acaban dirimiendo estas cuestiones.
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Artículos IEF
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OP 17/2023/8-3 (Browse shelf) Available OP 17/2023/8-3

Bibliografía

Las competencias cedidas a las Comunidades Autónomas en materia fiscal dan lugar a normativas autonómicas diferenciadas dentro del Estado español. La legislación propia, que afecta a los tributos cedidos, genera desigualdades en la tributación en un mismo impuesto, derivadas de la residencia del contribuyente en una u otra autonomía. Estas particularidades territoriales hacen imprescindible la correcta fijación de la residencia autonómica, a fin de determinar la normativa tributaria que le resultará de aplicación y el régimen fiscal al que queda sometido. Para determinar esta residencia habrá que acudir, en primer término, a los criterios legales previstos a tal efecto. La acreditación del cumplimiento de alguno de estos criterios por el contribuyente será objeto de prueba, correspondiendo su valoración, en primer término, a los órganos de la Administración tributaria. La valoración de esta prueba genera numerosos conflictos entre la Administración y el contribuyente siendo, en muchas ocasiones, los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa los que acaban dirimiendo estas cuestiones.

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