La actividad económica versus el mero ejercicio de derecho patrimonial Ginés Parra Ruiz
By: Parra Ruiz, Ginés
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Material type: 







Item type | Current location | Home library | Call number | Status | Date due | Barcode |
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Artículos | IEF | IEF | OP 27-A/2021/81-7 (Browse shelf) | Available | OP 27-A/2021/81-7 |
Disponible también en formato electrónico.
Resumen.
El mero ejercicio del derecho de la propiedad y la buena gestión del patrimonio privado consistente en la posterior venta de un bien inmueble, inicialmente adjudicado a un acreedor-prestamista a través de un procedimiento de ejecución forzosa, no constituye actividad económica a efectos de IVA, al consistir el negocio en una mera gestión del patrimonio privado encaminada a resarcir el impago, no pudiéndose considerar sujeto pasivo a la persona que realiza la operación. Dicha sentencia será de aplicación a numerosas adjudicaciones forzosas ejecutadas principalmente por entidades financieras y enajenadas con posterioridad con la pretensión de cancelar o resarcir parte de la deuda impagada, con la repercusión que tendrá la no sujeción a IVA a los efectos del ITP.
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