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Establecimiento permanente a consecuencia de la utilización de sociedades instrumentales en España electrónico Sentencia de la Audiencia Nacional de 15 de abril de 2021 (recurso 680/2017) Néstor Carmona Fernández

By: Carmona Fernández, Néstor.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2021Subject(s): ESTABLECIMIENTO PERMANENTE | IMPUESTOS | ESTIMACION INDIRECTA | ESPAÑA In: Carta Tributaria : Revista de Opinión n. 80, Noviembre 2021Summary: Se considera que existe establecimiento permanente cuando se efectúa una actividad en territorio español mediante la utilización de tres sociedades instrumentales, para la fabricación por encargo, la prestación de servicios generales y la distribución de productos.
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Resumen.

Se considera que existe establecimiento permanente cuando se efectúa una actividad en territorio español mediante la utilización de tres sociedades instrumentales, para la fabricación por encargo, la prestación de servicios generales y la distribución de productos.

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