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La Orden HFP 1104/2021 fija el factor de minoración en el 0,9 electrónico Orden HFP 1104/2021, de 7 de octubre, por la que se aprueba el factor de minoración aplicable para la determinación de los valores de referencia de los inmuebles J. Javier Pérez-Fadón Martínez

By: Pérez Fadón Martínez, José Javier.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2021Subject(s): PROPIEDAD INMOBILIARIA | VALORACIONES FISCALES | MERCADO | LEGISLACION | ESPAÑA In: Carta Tributaria : Revista de Opinión n. 80, Noviembre 2021Summary: En cumplimiento de lo previsto en la disposición final tercera del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, en su redacción por la Ley 11/2021, de 9 de julio, se dispone en esta Orden Ministerial que, el factor de minoración (FM), cuya finalidad es que el valor de referencia de los bienes inmuebles, tanto rústicos como urbanos no superen el «valor de mercado», en su determinación sea el 0,9.
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Resumen.

En cumplimiento de lo previsto en la disposición final tercera del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, en su redacción por la Ley 11/2021, de 9 de julio, se dispone en esta Orden Ministerial que, el factor de minoración (FM), cuya finalidad es que el valor de referencia de los bienes inmuebles, tanto rústicos como urbanos no superen el «valor de mercado», en su determinación sea el 0,9.

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