La tributación de las adjudicaciones en pago y para pago de deudas y de las adjudicaciones expresas en pago de asunción de deudas como operaciones asimiladas a las transmisiones patrimoniales onerosas en el ITP y AJD Juan Calvo Vérgez
By: Calvo Vérgez, Juan.
Material type: ArticlePublisher: 2021Other title: Taxation of payments and payments of debts and express payments of payment of debts as operations assimilated to onerous transmissions in ITP y AJD.Subject(s): IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS | IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES ONEROSAS | DEUDORES Y ACREEDORES | PAGO | OPERACIONES SOCIETARIAS | ESPAÑA In: Estudios financieros: Revista de Contabilidad y Tributación. Comentarios, Casos Prácticos n. 461-462, Agosto - Septiembre 2021, p. 41-72Summary: El presente trabajo tiene por objeto analizar, a la luz de la reciente doctrina administrativa y jurisprudencial, la fiscalidad aplicable en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP y AJD) a aquellas operaciones consistentes en adjudicaciones en pago y para pago de deudas, así como adjudicaciones en pago de asunción de deudas. Estos tres conceptos son objeto de regulación en los artículos 7.2 A) del Real Decreto Legislativo 1/1993 y 11.1 A) del Real Decreto 828/1995, debiendo no obstante diferenciarse las peculiaridades que concurren en cada una de dichas transmisiones.Item type | Current location | Home library | Call number | Status | Date due | Barcode |
---|---|---|---|---|---|---|
Artículos | IEF | IEF | OP 8/2021/461/462-2 (Browse shelf) | Available | OP 8/2021/461/462-2 |
Browsing IEF Shelves Close shelf browser
Disponible también en formato electrónico.
Resumen.
Bibliografía.
El presente trabajo tiene por objeto analizar, a la luz de la reciente doctrina administrativa y jurisprudencial, la fiscalidad aplicable en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP y AJD) a aquellas operaciones consistentes en adjudicaciones en pago y para pago de deudas, así como adjudicaciones en pago de asunción de deudas. Estos tres conceptos son objeto de regulación en los artículos 7.2 A) del Real Decreto Legislativo 1/1993 y 11.1 A) del Real Decreto 828/1995, debiendo no obstante diferenciarse las peculiaridades que concurren en cada una de dichas transmisiones.
There are no comments for this item.