Los intereses de demora nuevas dudas sobre su deducibilidad fiscal : análisis del auto del Tribunal Supremo de 16 de enero de 2020 (recurso de casación 3071/2019) Carmen Márquez Sillero, Antonio Márquez Márquez
By: Márquez Sillero, Carmen
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Contributor(s): Márquez y Márquez, Antonio
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Material type: 





Item type | Current location | Home library | Call number | Status | Date due | Barcode |
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Artículos | IEF | IEF | OP 27-A/2021/75-2 (Browse shelf) | Available | OP 27-A/2021/75-2 |
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Resumen.
Bibliografía.
Como corolario de otra colaboración anterior publicada en esta misma revista sobre la deducibilidad de todos los intereses de demora tributarios según su verdadera naturaleza jurídica («Carácter deducible de los intereses de demora. Regularizaciones inspectoras retroactivas»), en este estudio llegamos a la conclusión fundada en Derecho, de que tanto en el ordenamiento común como en el público tributario son gastos financieros con finalidad indemnizatoria por el retraso en el pago de una deuda, sin carácter sancionador y con alguna duda sobre si en algunos supuestos podrían ser actos contrarios al ordenamiento jurídico por efecto reflejo de una obligación principal incumplida con culpabilidad (pago de la cuota), de la que por concepto y clasificación legal son obligaciones accesorias conexas.
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