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En torno al artículo 95 de la Ley General Tributaria (un apunte sobre la Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de marzo de 2021) Antonio Martínez Lafuente

By: Martínez Lafuente, Antonio.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2021Subject(s): INFORMACION TRIBUTARIA | PROTECCION DE DATOS | AGENCIAS TRIBUTARIAS | ADMINISTRACION TRIBUTARIA | ESPAÑA In: Carta Tributaria : Revista de Opinión n. 74, Mayo 2021, p. 27-34Summary: La Sentencia del Tribunal Supremo que se examina, se ocupa del artículo 95 de la Ley General Tributaria y en especial de la cesión de los datos obtenidos por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de los contribuyentes, como consecuencia de la puesta en funcionamiento de los deberes de información tributaria; los datos así obtenidos sólo pueden ser utilizados para fines tributarios y no para cuestiones distintas como la revocación por el Ayuntamiento de una licencia de taxi. A propósito de ello el autor pasa revista a la revocación de los ámbitos administrativo y tributario, y en especial en este último, dando cuenta del último parecer de los Tribunales sobre el artículo 219 de la Ley General Tributaria.
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Artículos IEF
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OP 27-A/2021/74-4 (Browse shelf) Available OP 27-A/2021/74-4

Disponible también en formato electrónico.

Resumen.

Bibliografía.

La Sentencia del Tribunal Supremo que se examina, se ocupa del artículo 95 de la Ley General Tributaria y en especial de la cesión de los datos obtenidos por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de los contribuyentes, como consecuencia de la puesta en funcionamiento de los deberes de información
tributaria; los datos así obtenidos sólo pueden ser utilizados para fines tributarios y no para cuestiones distintas como la revocación por el Ayuntamiento de una licencia de taxi. A propósito de ello el autor pasa revista a la revocación de los ámbitos administrativo y tributario, y en especial en este último, dando cuenta del último parecer de los Tribunales sobre el artículo 219 de la Ley General Tributaria.

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