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A vueltas con el gravamen de las ganancias de patrimonio derivadas de transmisiones lucrativas fundamento, análisis crítico y propuesta de “lege ferenda” Consuelo Arranz de Andrés

By: Arranz de Andrés, Consuelo.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2020Subject(s): IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS | PLUSVALIAS | TRANSMISION DE BIENES | GRAVAMEN | ESPAÑA In: Revista Quincena Fiscal n. 19, Noviembre 2020, p. 55-94Summary: Como es sabido en nuestro sistema, los incrementos o disminuciones experimentados por el valor de los bienes adquieren trascendencia fiscal cuando éstos salen del patrimonio de su titular, por considerarse que es en dicho momento cuando se pone de manifiesto la ganancia o pérdida de patrimonio. Centrándonos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas exigible al transmitente por dicha ganancia en los casos en que la transmisión se efectúa a título gratuito o sin contraprestación, resulta difícil entender que quien realiza la transmisión sin obtener nada a cambio esté manifestando una capacidad económica gravable. En punto a esta cuestión, distintos han sido los argumentos vertidos tanto a favor como en contra de dicho gravamen. Se analizan en el presente trabajo las opiniones esgrimidas en uno y otro sentido a fin de fundamentar mejor nuestra posición, contraria al gravamen de este tipo de rentas tal y como está en la actualidad configurado, y a fin de poder justificar también la propuesta alternativa planteada.
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Resumen.

Como es sabido en nuestro sistema, los incrementos o disminuciones experimentados por el valor de los
bienes adquieren trascendencia fiscal cuando éstos salen del patrimonio de su titular, por considerarse
que es en dicho momento cuando se pone de manifiesto la ganancia o pérdida de patrimonio.
Centrándonos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas exigible al transmitente por dicha
ganancia en los casos en que la transmisión se efectúa a título gratuito o sin contraprestación, resulta difícil
entender que quien realiza la transmisión sin obtener nada a cambio esté manifestando una capacidad
económica gravable. En punto a esta cuestión, distintos han sido los argumentos vertidos tanto a
favor como en contra de dicho gravamen. Se analizan en el presente trabajo las opiniones esgrimidas en uno y otro sentido a fin de fundamentar mejor nuestra posición, contraria al gravamen de este tipo de rentas
tal y como está en la actualidad configurado, y a fin de poder justificar también la propuesta alternativa
planteada.

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