El asociado o socio colaborador en las cooperativas de trabajo asociado Electrónico un problema fiscal, excepto en el País Vasco Fernando Sixto de Torres Romo
By: Torres Romo, Fernando Sixto de
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Recursos electrónicos | IEF | IEF | OP 27-A/2020/64-4 (Browse shelf) | Available | OP 27-A/2020/64-4 |
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Disponible únicamente en formato electrónico.
Resumen.
Dos consultas de la Dirección General de Tributos (una de 2009 y otra de 2014) han hecho una interpretación del régimen fiscal especial de cooperativas que —con la excepción del País Vasco— elimina un beneficio fiscal tan relevante como es la bonificación del 50 % de la cuota del Impuesto sobre Sociedades en las cooperativas de trabajo asociado que incorporen en su capital a socios colaboradores
(asociados en alguna legislación autonómica). En el presente trabajo se hace una interpretación de la norma en cuestión (art. 8.1 de la Ley 20/1990) acorde con los criterios a los que remite el art. 12 de la LGT, llegando a la conclusión contraria.
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