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Los Quick Fixes en el IVA una solución temporal hasta la llegada del sistema definitivo de tributación en destino Fernando Matesanz

By: Matesanz, Fernando.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2020Subject(s): OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS | IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO | UNION EUROPEA In: Revista Quincena Fiscal n. 11, Junio 2020, p. 13-32Summary: El 4 de diciembre de 2018, el Consejo de la Unión Europea aprobó la Directiva 2018/1910 que pone en marcha las denominadas Soluciones Rápidas o “Quick Fixes”. Las mismas se encuentran en vigor en el ámbito comunitario desde el pasado 1 de enero de 2020. Se trata de cuatro medidas concretas cuya finalidad es armonizar el tratamiento en el IVA de ciertos aspectos del comercio intracomunitario de bienes. Se las denomina soluciones rápidas puesto que las mismas pretenden ser temporales, hasta que el Sistema Común del IVA sea modificado sobre la base de un sistema de tributación en destino. Este nuevo sistema, que se prevé que entre en vigor en julio de 2022, supondrá un gran cambio en la forma en la que actualmente se gestiona el IVA en las operaciones intracomunitarias, despareciendo la actual dualidad existente entre entregas intracomunitarias de bienes exentas en el Estado miembro de origen y adquisiciones intracomunitarias gravadas en el Estado miembro de destino para ser sustituida por un único hecho imponible, gravado en destino, denominado entregas de bienes dentro de la unión. Para su declaración se facilitará un sistema de ventanilla única.
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Artículos IEF
IEF
OP 17/2020/11-2 (Browse shelf) Available OP 17/2020/11-2

Disponible en formato electrónico.

El 4 de diciembre de 2018, el Consejo de la Unión Europea aprobó la Directiva 2018/1910 que pone en marcha las denominadas Soluciones Rápidas o “Quick Fixes”. Las mismas se encuentran en vigor en el ámbito comunitario desde el pasado 1 de enero de 2020. Se trata de cuatro medidas concretas cuya finalidad es armonizar el tratamiento en el IVA de ciertos aspectos del comercio intracomunitario de bienes. Se las denomina soluciones rápidas puesto que las mismas pretenden ser temporales, hasta que el Sistema Común del IVA sea modificado sobre la base de un sistema de tributación en destino. Este nuevo sistema, que se prevé que entre en vigor en julio de 2022, supondrá un gran cambio en la forma en la que actualmente se gestiona el IVA en las operaciones intracomunitarias, despareciendo la actual dualidad existente entre entregas intracomunitarias de bienes exentas en el Estado miembro de origen y adquisiciones intracomunitarias gravadas en el Estado miembro de destino para ser sustituida por un único hecho imponible, gravado en destino, denominado entregas de bienes dentro de la unión. Para su declaración se facilitará un sistema de ventanilla única.

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