Las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias Marcos Iglesias Caridad
By: Iglesias Caridad, Marcos
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Item type | Current location | Home library | Call number | Status | Date due | Barcode |
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Artículos | IEF | IEF | OP 39/2019/4-5 (Browse shelf) | Available | OP 39/2019/4-5 |
Bibliografía
El Tribunal Constitucional ha enjuiciado, en su Sentencia núm. 63/2019, de 9 de mayo, a las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias, introducidas en la disposición adicional primera de la Ley General Tributaria (LGT) por la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP). Esta ley eliminó la referencia que se hacía en la originaria disposición adicional primera de la LGT a las exacciones parafiscales, para dar paso a un nuevo concepto, el de “prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias”. En este trabajo reflexionamos sobre su escueto régimen jurídico, considerando que debe reforzarse en aras a ganar en seguridad jurídica. También nos detenemos sobre los argumentos jurídicos de la Sentencia, profundizando en la acción de los principios de legalidad, de equivalencia de costes y de capacidad económica en tales prestaciones, desde una visión crítica, donde resulta inevitable compararlas con las tasas, dada su gran conexión. Analizamos si las prestaciones patrimoniales públicas no tributarias pueden ser consideradas como precios privados.
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