La neutralidad fiscal en el IVA a la luz del Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea Fátima Pablos Mateos
By: Pablos Mateos, Fátima
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Artículos | IEF | IEF | OP 17/2020/3-3 (Browse shelf) | Available | OP 17/2020/3-3 |
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Resumen.
Bibliografía.
Resulta evidente la complejidad de la relación jurídico-tributaria al analizar las consecuencias jurídicas que de las mismas pueden derivar para terceros o extraños. Tal es el caso, por ejemplo, cuando un obligado tributario es objeto de un procedimiento de comprobación e inspección y la Administración, tras la tramitación del procedimiento, concluye que se ha realizado una repercusión indebida de las cuotas del IVA, esta situación, como se advertía, va a tener consecuencias en un tercero extraño al procedimiento; el destinatario del IVA, al que se le regularizará el IVA soportado y deducido. Ante tal situación, el marco teórico que ofrece el estudio del principio de tutela judicial efectiva, recogido en el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, su conexión con el principio de efectividad y la relevancia del principio de neutralidad fiscal nos servirá para evidenciar las consecuencias jurídicas desfavorables que tal proceder tiene para el destinatario de las cuotas del IVA, llegando a la conclusión que garantizar la legitimación del destinario del IVA podría presentarse como una solución a la problemática planteada.
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