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Los recursos administrativos en materia tributaria evolución, situación en 2018 y perspectivas Jesús Rodrigo Fernández

By: Rodrigo Fernández, Jesús.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2019Other title: Administrative appeals related to tax matters : development, status in 2018 and perspectives.Subject(s): RECLAMACION ECONOMICO ADMINISTRATIVA | PROCEDIMIENTO ECONOMICO ADMINISTRATIVO | RECLAMACIONES Y RECURSOS | RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO | ESPAÑA In: Revista Técnica Tributaria n. 127, Octubre - Diciembre 2019, p. 83-116Summary: Disponer de un «sistema» de recursos administrativos, eficaz, para revisar los actos administrativos en materia tributaria, sin necesidad de acudir a la tutela judicial de los órganos jurisdiccionales, es un elemento necesario, para cumplir el principio de seguridad jurídica. El grado de satisfacción en el funcionamiento de los recursos administrativos es un indicador de la confianza que existe, en la relación bilateral entre las Administraciones tributarias y los ciudadanos. En la práctica, en España, el control último de las Administraciones tributarias, los ciudadanos y los profesionales lo confían al control judicial, a través de la jurisdicción contencioso-administrativa. No confían, por los retrasos en la vía administrativa, y la denegación generalizada de los recursos de reposición, en el control por la Administración. Se estudia en este artículo la situación numérica de la vía económico-administrativa, en 2017, tanto la estatal como la de las Corporaciones locales. Se valora la reforma en 2015 de la Ley General Tributaria y de la Ley básica de Procedimiento administrativo. No han introducido cambios sustanciales en esta materia, pese a los valiosos estudios doctrinales y anteproyectos de ley que existían. Se compara con el éxito obtenido en la reforma de los recursos administrativos en materia de contratos del sector público.
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Resumen.

Bibliografía.

Disponer de un «sistema» de recursos administrativos, eficaz, para revisar los actos administrativos en
materia tributaria, sin necesidad de acudir a la tutela judicial de los órganos jurisdiccionales, es un
elemento necesario, para cumplir el principio de seguridad jurídica. El grado de satisfacción en el
funcionamiento de los recursos administrativos es un indicador de la confianza que existe, en la relación
bilateral entre las Administraciones tributarias y los ciudadanos.
En la práctica, en España, el control último de las Administraciones tributarias, los ciudadanos y los
profesionales lo confían al control judicial, a través de la jurisdicción contencioso-administrativa. No
confían, por los retrasos en la vía administrativa, y la denegación generalizada de los recursos de
reposición, en el control por la Administración.
Se estudia en este artículo la situación numérica de la vía económico-administrativa, en 2017, tanto la
estatal como la de las Corporaciones locales. Se valora la reforma en 2015 de la Ley General Tributaria
y de la Ley básica de Procedimiento administrativo. No han introducido cambios sustanciales en esta
materia, pese a los valiosos estudios doctrinales y anteproyectos de ley que existían. Se compara con
el éxito obtenido en la reforma de los recursos administrativos en materia de contratos del sector
público.

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