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La armonización fiscal como poder tributario (I) naturaleza de la Unión Europea y sus poderes Juan López Rodríguez

By: López Rodríguez, Juan.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2019Other title: Tax harmonization as taxing power : nature of the EU and of its attributions.Subject(s): ARMONIZACION FISCAL | DERECHO COMUNITARIO EUROPEO | SOBERANIA | INSTITUCIONES | UNION EUROPEA In: Estudios financieros: Revista de Contabilidad y Tributación. Comentarios, Casos Prácticos n. 440, Noviembre 2019, 63 p. Summary: Este trabajo pretende abordar la naturaleza de la competencia de la UE para armonizar la imposición. Con este objeto y en esta primera parte, se atiende a la naturaleza del proceso de integración tal y como se entiende a partir del Tratado de Lisboa. En tanto que la soberanía solo reside en el pueblo constituyente, los poderes del Estado son depositarios del mandato que emerge del mismo. En el ejercicio de su responsabilidad, deciden poner en marcha una comunidad política. Las atribuciones conferidas quedan rodeadas de las necesarias garantías constitucionales. De esta forma, la actuación de las instituciones europeas queda sujeta a las mismas condiciones y límites que encuentran los poderes públicos nacionales. Así, de la misma manera que los poderes públicos no son soberanos, tampoco se cede soberanía a la UE. Al mismo tiempo, las competencias asumidas lo son de forma plena y en las condiciones que tenían en sede nacional. La UE no es un Estado ni una federación, pero es al mismo tiempo Estado, en función de sus instituciones, sus competencias y su ordenamiento jurídico, y se configura conjuntamente con los Estados miembros para gestionar las aspiraciones más generales de los pueblos europeos.
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Bibliografía.

Este trabajo pretende abordar la naturaleza de la competencia de la UE para armonizar la imposición. Con este objeto y en esta primera parte, se atiende a la naturaleza del proceso de integración tal y como se entiende a partir del Tratado de Lisboa. En tanto que la soberanía solo reside en el pueblo constituyente, los poderes del Estado son depositarios del mandato que emerge del mismo. En el ejercicio de su responsabilidad, deciden poner en marcha una comunidad política. Las atribuciones conferidas quedan rodeadas de las necesarias garantías constitucionales. De esta forma, la actuación de las instituciones europeas queda sujeta a las mismas condiciones y límites que encuentran los poderes públicos nacionales. Así, de la misma manera que los poderes públicos no son soberanos, tampoco se cede soberanía a la UE. Al mismo tiempo, las competencias asumidas lo son de forma plena y en las condiciones que tenían en sede nacional. La UE no es un Estado ni una federación, pero es al mismo tiempo Estado, en función de sus instituciones, sus competencias y su ordenamiento jurídico, y se configura conjuntamente con los Estados miembros para gestionar las aspiraciones más generales de los pueblos europeos.

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