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En torno a la autonomía científica del derecho tributario internacional propuestas para un debate Mercedes Fuster Gómez

By: Fuster Gómez, Mercedes.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2019Subject(s): FISCALIDAD INTERNACIONAL | DERECHO COMUNITARIO EUROPEO | UNION EUROPEA In: Revista española de Derecho Financiero n. 183, Julio - Septiembre 2019, p. 153-202Summary: En la actualidad, la doctrina española es unánime al considerar que el “Derecho financiero y tributario” es una rama científica y autónoma del Derecho español, centrada en el estudio de la actividad financiera, con una metodología, principios y fuentes propias. Sin embargo, nos cuestionamos si sucede lo mismo con el Derecho tributario nacido de los tratados y convenios internacionales, o con el Derecho tributario de la Unión Europea que, si bien no regulan la creación de ningún tributo propio, no pueden ser concebidos sin vincularlos a la cooperación administrativa en materia tributaria y al reparto del poder tributario. La extrapolación de los criterios utilizados tradicionalmente por la doctrina a favor de la existencia de la autonomía científica del “Derecho financiero interno” debería permitirnos determinar si también existe un “Derecho tributario internacional” o un “Derecho tributario de la Unión Europea”, como realidades distintas, bien acotadas, con la autonomía suficiente que impulse su desarrollo científico, aunque susceptibles de ser integrados, a los meros efectos docentes, en el denominado “Derecho fiscal internacional”.
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Resumen.

Bibliografía.

En la actualidad, la doctrina española es unánime al considerar que el “Derecho financiero y tributario” es una rama científica y autónoma del Derecho español, centrada en el estudio de la actividad financiera, con una metodología, principios y fuentes propias. Sin embargo, nos cuestionamos si sucede lo mismo con el Derecho tributario nacido de los tratados y convenios internacionales, o con el Derecho tributario de la Unión Europea que, si bien no regulan la creación de ningún tributo propio, no pueden ser concebidos sin vincularlos a la cooperación administrativa en materia tributaria y al reparto del poder tributario. La extrapolación de los criterios utilizados tradicionalmente por la doctrina a favor de la existencia de la autonomía científica del “Derecho financiero interno” debería permitirnos determinar si también existe un “Derecho tributario internacional” o un “Derecho tributario de la Unión Europea”, como realidades distintas, bien acotadas, con la autonomía suficiente que impulse su desarrollo científico, aunque susceptibles de ser integrados, a los meros efectos docentes, en el denominado “Derecho fiscal internacional”.

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