La aportación de nuevos elementos de prueba en los procedimientos administrativos de revisión tributaria y en el procedimiento judicial según la jurisprudencia del Tribunal Supremo Sandra González de Lara Mingo
By: González de Lara Mingo, Sandra.
Material type: ArticlePublisher: 2019Subject(s): RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION | PROCEDIMIENTO ECONOMICO ADMINISTRATIVO | PRUEBA | TRIBUNAL SUPREMO | ESPAÑA | JURISPRUDENCIA In: Estudios financieros: Revista de Contabilidad y Tributación. Comentarios, Casos Prácticos n. 439, Octubre 2019, p. 109-126Summary: El Tribunal Supremo en dos recientes Sentencias de 10 de septiembre de 2018 y de 21 de febrero de 2019 ha analizado la posibilidad de proponer pruebas o formular alegaciones ante los órganos de revisión económico-administrativos cuando no se aportaron las pruebas o dedujeron las alegaciones en el procedimiento de aplicación de los tributos en que se dictó la resolución impugnada. Tras analizar la naturaleza del procedimiento de revisión tributaria y su configuración legal ha concluido que, dado su carácter cuasi jurisdiccional, es procedente proponer prueba o alegar nuevos argumentos, salvo que se identifique –y se constate y justifique debidamente en el expediente– un comportamiento del interesado contrario a la buena fe o abusivo.Item type | Current location | Home library | Call number | Status | Date due | Barcode |
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Resumen.
Bibliografía.
El Tribunal Supremo en dos recientes Sentencias de 10 de septiembre de 2018 y de 21 de febrero de 2019 ha analizado la posibilidad de proponer pruebas o formular alegaciones ante los órganos de revisión económico-administrativos cuando no se aportaron las pruebas o dedujeron las alegaciones en el procedimiento de aplicación de los tributos en que se dictó la resolución impugnada. Tras analizar la naturaleza del procedimiento de revisión tributaria y su configuración legal ha concluido que, dado su carácter cuasi jurisdiccional, es procedente proponer prueba o alegar nuevos argumentos, salvo que se identifique –y se constate y justifique debidamente en el expediente– un comportamiento del interesado contrario a la buena fe o abusivo.
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