Bonificación mortis causa en el IIVTNU Beatriz Moreno Serrano
By: Moreno Serrano, Beatriz.
Material type: ArticlePublisher: 2019Subject(s): TRIBUTOS LOCALES | IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA | GASTOS FISCALES LOCALES | BONIFICACIONES TRIBUTARIAS | HERENCIA | ESPAÑA In: EL Consultor de los Ayuntamientos n. Especial 4, Septiembre 2019, p. 158-166Summary: El art. 108.4 del TRLRHL faculta a los ayuntamientos para que, mediante ordenanza fiscal, establezcan una bonificación en la cuota íntegra del IIVTNU con un porcentaje máximo del 95 por ciento y con el único requisito legal de que se trate de transmisiones de terrenos o de la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio, realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes.Item type | Current location | Home library | Call number | Status | Date due | Barcode |
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Artículos | IEF | IEF | OP 46/2019/E/4-11 (Browse shelf) | Available | OP 46/2019/E/4-11 |
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Resumen.
El art. 108.4 del TRLRHL faculta a los ayuntamientos para que, mediante ordenanza fiscal, establezcan una bonificación en la cuota íntegra del IIVTNU con un porcentaje máximo del 95 por ciento y con el único requisito legal de que se trate de transmisiones de terrenos o de la transmisión o constitución de derechos
reales de goce limitativos del dominio, realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes.
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