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La controvertida amortización del fondo de comercio financiero ( Art. 12.5 TRLIS ) la enconada conflictividad de un beneficio fiscal maldito (II) = The controversial amortization of the financial goodwill ( Article 12.5 TR LIS ) : the acrimonious conflict of a cursed tax benefit (II) Jordi de Juan Casadevall

By: Juan Casadevall, Jordi de.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2019Subject(s): FONDO DE COMERCIO FINANCIERO | IMPUESTOS | DEDUCCIONES | AMORTIZACION | AYUDA ESTATAL | ESPAÑA | TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS | UNION EUROPEA | JURISPRUDENCIA In: Revista Quincena Fiscal n. 9, Mayo 2019, p. 97-123Summary: La amortización fiscal del fondo de comercio financiero por la adquisición de participaciones de entidades no residentes fue objeto de un procedimiento comunitario por ayuda ilegal que concluyó con sendas Decisiones de la Comisión Europea relativas a adquisiciones comunitarias, extracomunitarias y a las llamadas participaciones indirectas. La Disposición transitoria Decimocuarta de la ley vigente Ley 27/2014, reguladora del Impuesto sobre Sociedades acoge en su seno el régimen transitorio actualmente existente producto de la confianza legítima apreciada por la Comisión Europea. La enconada controversia fiscal suscitada en torno a este beneficio fiscal se ha reproducido ante la justicia comunitaria, y ha dado lugar a pronunciamientos contradictorios en su dos instancias: primero del Tribunal General anulando la Primera Decisión y la Segunda Decisión, luego del TJUE casando la sentencia y devolviendo la jurisdicción a la instancia para pronunciarse sobre el fondo del asunto y, finalmente, del Tribunal General confirmando ambas Decisiones sobre la base del parámetro interpretativo suministrado por sentencia del TJUE. Mientras tanto, la resolución sobre la Tercera Decisión sigue abierta y pendiente de resolución. Este trabajo, estructurado en dos partes, aborda la secuencia histórica de una compleja controversia fiscal, y censura, como tesis de fondo, la desmesurada interpretación extensiva del requisito de la selectividad por la justicia comunitaria, que convierte el régimen de ayudas de Estado en un fabuloso instrumento de armonización negativa de los incentivos fiscales generales de los Estados miembros.
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Artículos IEF
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OP 17/2019/9-5 (Browse shelf) Available OP 17/2019/9-5

Disponible también en formato electrónico en la Biblioteca del IEF.

Resumen.

Bibliografía.

La amortización fiscal del fondo de comercio financiero por la adquisición de participaciones de entidades no residentes fue objeto de un procedimiento comunitario por ayuda ilegal que concluyó con sendas Decisiones de la Comisión Europea relativas a adquisiciones comunitarias, extracomunitarias y a las llamadas participaciones indirectas. La Disposición transitoria Decimocuarta de la ley vigente Ley 27/2014, reguladora del Impuesto sobre Sociedades acoge en su seno el régimen transitorio actualmente existente producto de la confianza legítima apreciada por la Comisión Europea. La enconada controversia fiscal suscitada en torno a este beneficio fiscal se ha reproducido ante la justicia comunitaria, y ha dado lugar a pronunciamientos contradictorios en su dos instancias: primero del Tribunal General anulando la Primera Decisión y la Segunda Decisión, luego del TJUE casando la sentencia y devolviendo la jurisdicción a la instancia para pronunciarse sobre el fondo del asunto y, finalmente, del Tribunal General confirmando ambas Decisiones sobre la base del parámetro interpretativo suministrado por sentencia del TJUE. Mientras tanto, la resolución sobre la Tercera Decisión sigue abierta y pendiente de resolución. Este trabajo, estructurado en dos partes, aborda la secuencia histórica de una compleja controversia fiscal, y censura, como tesis de fondo, la desmesurada interpretación extensiva del requisito de la selectividad por la justicia comunitaria, que convierte el régimen de ayudas de Estado en un fabuloso instrumento de armonización negativa de los incentivos fiscales generales de los Estados miembros.

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