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Comprobación del número de accionistas de las SICAV final de partida Fernando Sixto de Torres Romo

By: Torres Romo, Fernando Sixto de.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2019Subject(s): INSTITUCIONES DE INVERSION COLECTIVA | SOCIEDADES DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE | ACCIONISTAS | IMPUESTOS | NORMATIVA | APLICACION | ESPAÑA In: Carta Tributaria : Revista de Opinión n. 51, Junio 2019, p. 37-46Summary: Se analiza en este artículo la evolución de un contencioso, iniciado en 2004, sobre los requisitos exigidos para disfrutar de los beneficios fiscales previstos para las Instituciones de Inversión Colectiva que se cerró en falso con la Disposición Adicional Tercera de la Ley 23/2005, de 18 de noviembre y el carácter interpretativo que a la misma le atribuyó el TEAC, privando a la Administración tributaria de la facultad para liquidar tributos por incumplimiento de dichos requisitos sin contar previamente con un acuerdo de revocación o suspensión de la condición de IIC dictado por la CNMV. La Disposición Final 16ª del frustrado Proyecto de Ley de Presupuestos del Estado para 2019 anticipa la más que previsible reedición de la controversia, sea cual sea el signo político de futuros gobiernos.
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Artículos IEF
IEF
OP 27-A/2019/51-6 (Browse shelf) Available OP 27-A/2019/51-6

Disponible también en formato electrónico en la Biblioteca del IEF.

Resumen.

Bibliografía.

Se analiza en este artículo la evolución de un contencioso, iniciado en 2004, sobre los requisitos exigidos para disfrutar de los beneficios fiscales previstos para las Instituciones de Inversión Colectiva que se cerró en falso con la Disposición
Adicional Tercera de la Ley 23/2005, de 18 de noviembre y el carácter interpretativo que a la misma le atribuyó el TEAC, privando a la Administración tributaria de la facultad para liquidar tributos por incumplimiento de dichos requisitos sin contar
previamente con un acuerdo de revocación o suspensión de la condición de IIC dictado por la CNMV. La Disposición Final 16ª del frustrado Proyecto de Ley de Presupuestos del Estado para 2019 anticipa la más que previsible reedición de la controversia, sea cual sea el signo político de futuros gobiernos.

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