Normal view MARC view ISBD view

La modificación de la opción de tributación en el IRPF por vicios en el consentimiento Alberto Sánchez Moreno

By: Sánchez Moreno, Alberto.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2018Other title: Modification of the imposition option in IRPF (Spanish rent tax) caused by consent vices.Subject(s): IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS | OPCIÓN TRIBUTARIA | ESPAÑA In: Revista Quincena Fiscal n. 22, Diciembre 2018, p. 37-52Summary: La Agencia Tributaria publica todos los años el calendario de presentación de la autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, estando obligados todos los contribuyentes por dicho impuesto a la presentación de la misma dentro de dicho plazo y en el que entre otros muchos extremos, deberán determinar si optan por la tributación individual y la tributación conjunta. Establece además el artículo 83.2 de la Ley del IRPF, que una vez finalizado el plazo reglamentariamente establecido para la autoliquidación del impuesto, no será posible la modificación de la opción de tributación escogida por el contribuyente, pero ¿qué sucede si el contribuyente no disponía de toda la información necesaria en el momento de formular su declaración para decantarse por una u otra opción? La respuesta por la Administración sigue siendo negativa, sin embargo existe una vía de escape para acogerse a tal posibilidad, mediante la acreditación de un vicio del consentimiento.
Tags from this library: No tags from this library for this title. Log in to add tags.
    average rating: 0.0 (0 votes)

Diponible también en formato electrónico a través de la Biblioteca del IEF.

Resumen.

La Agencia Tributaria publica todos los años el calendario de presentación de la autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, estando obligados todos los contribuyentes por dicho impuesto a la presentación de la misma dentro de dicho plazo y en el que entre otros muchos extremos, deberán determinar si optan por la tributación individual y la tributación conjunta. Establece además el artículo 83.2 de la Ley del IRPF, que una vez finalizado el plazo reglamentariamente establecido para la autoliquidación del impuesto, no será posible la modificación de la opción de tributación escogida por el contribuyente, pero ¿qué sucede si el contribuyente no disponía de toda la información necesaria en el momento de formular su declaración para decantarse por una u otra opción? La respuesta por la Administración sigue siendo negativa, sin embargo existe una vía de escape para acogerse a tal posibilidad, mediante la acreditación de un vicio del consentimiento.

There are no comments for this item.

Log in to your account to post a comment.

Click on an image to view it in the image viewer

Powered by Koha