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El rechazo de la tesis maximalista y la inconstitucionalidad del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana V. Alberto García Moreno

By: García Moreno, Vicente Alberto.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2018Subject(s): IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA | PLUSVALIAS | INCONSTITUCIONALIDAD | PRINCIPIO DE CAPACIDAD ECONOMICA | JURISPRUDENCIA | ESPAÑA In: Carta Tributaria : Revista de Opinión n. 44, Noviembre 2018, p. 11-19Summary: Han sido necesarias dos sentencias para que el Tribunal Supremo, además de fijar el alcance que cabe otorgar a la declaración de inconstitucionalidad efectuada en la STC 59/2017, diferenciando la distinta amplitud que tiene la declaración en relación con cada uno de los preceptos del TRLHL afectados —los artículos 107.1 y 107.2.a) son parcialmente inconstitucionales, mientras que el art. 110.4 lo es en todo caso—, concluya sobre cómo ha de ser la actividad probatoria que contribuyente y Administración municipal han de desplegar, rechazando lo que se conoce como una interpretación maximalista mantenida por algunos Tribunales Superiores de Justicia, que habían defendido que, mientras el legislador no reformase la normativa inconstitucional, no podía determinarse el importe de la plusvalía gravable al haberse expulsado del ordenamiento todas las normas que permiten cuantificar el gravamen.
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Disponible también en formato electrónico a través de la Biblioteca del IEF.

Resumen.

Han sido necesarias dos sentencias para que el Tribunal Supremo, además de fijar el alcance que cabe otorgar a la declaración de inconstitucionalidad efectuada en la STC 59/2017, diferenciando la distinta amplitud que tiene la declaración en relación con cada uno de los preceptos del
TRLHL afectados —los artículos 107.1 y 107.2.a) son parcialmente inconstitucionales, mientras que el
art. 110.4 lo es en todo caso—, concluya sobre cómo ha de ser la actividad probatoria que contribuyente y Administración municipal han de desplegar, rechazando lo que se conoce como una interpretación maximalista mantenida por algunos Tribunales Superiores de Justicia, que habían defendido que, mientras el legislador no reformase la normativa inconstitucional, no podía determinarse el importe de la plusvalía gravable al haberse expulsado del ordenamiento todas las normas que permiten cuantificar el gravamen.

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