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El valor probatorio de los dictámenes periciales de naturaleza tributaria Alejandro Fernández Zugazabeitia

By: Fernández Zugazabeitia, Alejandro.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2018Subject(s): DERECHO PROCESAL TRIBUTARIO | DICTAMENES | VALORACIONES FISCALES | PRUEBA | ESPAÑA In: Carta Tributaria : Revista de Opinión n. 40, Julio 2018, p. 28-33Summary: Es cada vez más frecuente en los procedimientos contencioso-administrativos y penales de índole tributario la aportación por el obligado tributario de dictamen técnico pericial al juzgador en defensa y legitimación de sus pretensiones. La figura del perito ha adquirido cierta notoriedad a raíz de las —sorprendentes— pretensiones de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal de exigir en un mediático procedimiento penal, mediante contrapericial, responsabilidades a un perito, por entender que este habría incumplido la debida diligencia al afirmar que «[el perito] debiera haber tenido acceso a la información» de las operaciones fraudulentas y que, sin embargo , no las plasmó en su pericial, incumpliendo supuestamente el deber que le compelía, bien fuese dolosamente, bien por ausencia de la obligada diligencia.
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Disponible también en formato electrónico a través de la Biblioteca del IEF.

Resumen.

Es cada vez más frecuente en los procedimientos contencioso-administrativos y penales de índole tributario la aportación por el obligado tributario de dictamen técnico pericial al juzgador en
defensa y legitimación de sus pretensiones. La figura del perito ha adquirido cierta notoriedad a raíz de las —sorprendentes— pretensiones de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal de exigir en un mediático procedimiento penal, mediante contrapericial, responsabilidades a un perito, por entender que
este habría incumplido la debida diligencia al afirmar que «[el perito] debiera haber tenido acceso a la información» de las operaciones fraudulentas y que, sin embargo , no las plasmó en su pericial, incumpliendo supuestamente el deber que le compelía, bien fuese dolosamente, bien por ausencia de la
obligada diligencia.

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