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Réquiem por el delito fiscal Carlos David Delgado Sancho

By: Delgado Sancho, Carlos David.
Material type: ArticleArticlePublisher: 2018Subject(s): DELITO FISCAL | CONTRIBUYENTES | DERECHOS | INSPECCION TRIBUTARIA | ESPAÑA In: Revista Quincena Fiscal n. 11, Junio 2018, p. 41-63Summary: La reforma del delito fiscal llevada a cabo por la Ley 34/2015 es nefasta para los intereses de la Hacienda Pública, en primer lugar, porque vulnera los derechos fundamentales del contribuyente –derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, presunción de inocencia, tutela judicial efectiva y derecho a no declarar contra sí mismo– con los efectos que determina el artículo 11.1 de la Ley orgánica del poder judicial, en segundo término, el Inspector ha asumido las funciones del Juez de instrucción, lo que podría vulnerar el artículo 117.3 de la Constitución, a lo que hay que añadir que en el inicio del procedimiento inspector se incrimina al sujeto inspeccionado asignándole una deuda media que vulnera el artículo 9.3 de la Constitución y pone en cuestión la imparcialidad del Inspector.
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Disponible también en formato electrónico a través de la Biblioteca del IEF.

Resumen.

La reforma del delito fiscal llevada a cabo por la Ley 34/2015 es nefasta para los intereses de la Hacienda Pública, en primer lugar, porque vulnera los derechos fundamentales del contribuyente –derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, presunción de inocencia, tutela judicial efectiva y derecho a no declarar contra sí mismo– con los efectos que determina el artículo 11.1 de la Ley orgánica del poder judicial, en segundo término, el Inspector ha asumido las funciones del Juez de instrucción, lo que podría vulnerar el artículo 117.3 de la Constitución, a lo que hay que añadir que en el inicio del procedimiento inspector se incrimina al sujeto inspeccionado asignándole una deuda media que vulnera el artículo 9.3 de la Constitución y pone en cuestión la imparcialidad del Inspector.

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