La aplicación del principio de capacidad económica a los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades María Pilar Alguacil Marí
By: Alguacil Marí, Pilar
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Artículos | IEF | IEF | OP 9/2017/176-1 (Browse shelf) | Available | OP 9/2017/176-1 |
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Resumen.
El Real Decreto-Ley 2/2016, de 30 de septiembre modificó el régimen de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, para las sociedades que no puedan calificarse de Empresas de Reducida Dimensión. Dicho régimen supone un aumento del importe de dichos pagos fraccionados, y para el cálculo del mencionado importe mínimo se han tenido en cuenta parámetros distintos a los regulados en la base imponible del impuesto definitivo. Con el presente trabajo se intenta dilucidar si se han cumplido con dicha normativa las exigencias del principio de capacidad económica contemplado en el art. 31.1 de la Constitución española. Para ello se toma como base de análisis la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, sobre el principio de capacidad económica en general, así como sobre su aplicación a los “pagos a cuenta” del tributo, en particular. Se estudia asimismo la evolución y el estado actual de la doctrina científica sobre la cuestión, lo que permite contar con todos los elementos argumentativos necesarios para poder aplicar el test de constitucionalidad a la regulación realizada por el Decreto Ley referenciado
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