Normal view MARC view ISBD view

Real Cedula de S.M. y Señores del Consejo, por la qual se manda que de los frutos exêntos de diezmar se contribuya á favor de la Real Hacienda con un tres o un cuatro por ciento, bien sea en especie, ó á dinero por el valor que se les regul, en la forma que se expresa

Material type: TextTextPublisher: Madrid Imprenta Real 1805Description: [4] h. 30 cm.Subject(s): DIEZMOS | ESPAÑA | SIGLO XIX | IMPUESTOS | LEGISLACION
Tags from this library: No tags from this library for this title. Log in to add tags.
    average rating: 0.0 (0 votes)
Item type Current location Home library Call number Status Notes Date due Barcode
Fondo antiguo
IEF
FA 461 (Browse shelf) Available (Solo red.es) Hall 2ª planta. Armario 2. Puerta izquierda FA 461
Browsing IEF Shelves Close shelf browser
No cover image available
No cover image available
No cover image available
No cover image available
No cover image available
No cover image available
No cover image available
FA 459 Real Cedula de S.M. de [Quince de Octubre de mil ochocientos y cinco] para que se pongan en execucion los Breves de S.S. relativos á la enagenacion de bienes eclesiásticos hasta la cantidad que se expresa, reconociéndose á favor de sus poseedores una renta igual á la de su rendimiento líquido, y estableciéndolasobre la real Caxa de Consolidacion, baxo las reglas que se prescriben FA 46 Diezmos do legos en las iglesias de España : discursos históricos-jurídicos... FA 460 Real Cedula de S.M. y señores del Consejo, por la qual se prescriben lasformalidades que han de observarse en la administracion y gobierno de los Pósitos Pios, y se establece que sus cuentas se remitan anualmente á la Contaduría general de Pósitos del Reyno, con las demas que se expresa FA 461 Real Cedula de S.M. y Señores del Consejo, por la qual se manda que de los frutos exêntos de diezmar se contribuya á favor de la Real Hacienda con un tres o un cuatro por ciento, bien sea en especie, ó á dinero por el valor que se les regul, en la forma que se expresa FA 462 Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo en que se declara qua las Personas que se hayan ocupado en el contrabando, y no acrediten haberle dexado pasados tres años, no puedan obtener los oficios de republica FA 463 Real Cedula de S.M. en que se concede facultad por Punto general, para la imposicion al tres por ciento de losdos los Capitales depositados en virtud deReales Facultades, pertenecientes à Vinculos, y Mayorazgos, sobre la Renta del Tabaco, en la forma que aquí se expresa FA 464 Real Cedula de S.M. y señores del Consejo, por la qual se manda guardar y cumplir los dos Reales Deretos insertos, en que se crean diez y seis millones y doscietos pesos de ciento veinte y ocho quartos en Vales Reales de á trescientos cada uno; y establece un fondo de amortizacion para extinguir anualmente los mismos Vales, y los creados en el anterior Reynado

There are no comments for this item.

Log in to your account to post a comment.

Powered by Koha