Transferencias de los servicios de Hacienda a las Comunidades Autónomas Néstor Fernádez Feijóo
By: Fernández Feijóo, Néstor.
Material type: ArticlePublisher: 1984Subject(s): COMUNIDADES AUTONOMAS | GESTION TRIBUTARIA | CESION DE TRIBUTOS | ADMINISTRACION TRIBUTARIA | TRANSFERENCIAS In: Presupuesto y gasto público 19, p. 65-75Summary: La transferencia de servicios tributarios a las Comunidades Autónomas, y muyespecialmente los correspondientes a determinados impuestos cuya gestión corre a cargo de las Delegaciones de Hacienda, se enmarca dentro del proceso general de transferencias derivado del nuevo Estado de las Autonomías surgido dela Constitución de 1978 que, en su artículo 157.1.a) enumera, entre otros, aquellos recursos como propios de los entes autonómicos, pero la singularidad de su desarrollo se deriva tanto de la importancia de su contenido económico,al referirse a la gestión de importantes fuentes de ingreso para tales entidades, como delequilibrio que el montaje de tal gestión requiere, de forma que el gasto público en su conjunto no sufra una alteración sensible que pueda desvirtuar la propiafinalidad de la nueva estructura autonómica del Estado.Item type | Current location | Home library | Call number | Status | Notes | Date due | Barcode |
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IEF | PGP/1984/19-4 (Browse shelf) | Available | Presupuesto y gasto público; 19 ; p. 65-75 | PGP/1984/19-4 |
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La transferencia de servicios tributarios a las Comunidades Autónomas, y muyespecialmente los correspondientes a determinados impuestos cuya gestión corre a cargo de las Delegaciones de Hacienda, se enmarca dentro del proceso general de transferencias derivado del nuevo Estado de las Autonomías surgido dela Constitución de 1978 que, en su artículo 157.1.a) enumera, entre otros, aquellos recursos como propios de los entes autonómicos, pero la singularidad de su desarrollo se deriva tanto de la importancia de su contenido económico,al referirse a la gestión de importantes fuentes de ingreso para tales entidades, como delequilibrio que el montaje de tal gestión requiere, de forma que el gasto público en su conjunto no sufra una alteración sensible que pueda desvirtuar la propiafinalidad de la nueva estructura autonómica del Estado.
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