La paradoja de la no discriminación de género en los planes y fondos de pensiones de empleo (Record no. 66578)

000 -CABECERA
campo de control de longitud fija 03483nab#a2200301#c#4500
003 - IDENTIFICADOR DEL NÚMERO DE CONTROL
campo de control IEF
005 - FECHA Y HORA DE LA ÚLTIMA TRANSACCIÓN
campo de control 20180219161635.0
008 - CÓDIGOS DE INFORMACIÓN DE LONGITUD FIJA
campo de control de longitud fija 121226s2012 ESP|| #####0 b|SPA|u
040 ## - FUENTE DE LA CATALOGACIÓN
Centro catalogador de origen IEF
041 ## - CÓDIGO DE LENGUA
Código de lengua del texto/banda sonora o título independiente SPA
100 1# - PUNTO DE ACCESO PRINCIPAL - NOMBRE DE PERSONA
Nombre de persona González Rabanal, María de la Concepción
9 (RLIN) 19048
245 ## - MENCIÓN DE TÍTULO
Título La paradoja de la no discriminación de género en los planes y fondos de pensiones de empleo
Mención de responsabilidad etc. Miryam de la Concepción González Rabanal
260 ## - PUBLICACIÓN, DISTRIBUCIÓN, ETC. (PIE DE IMPRENTA)
Fecha de publicación distribución etc. 2012
500 ## - NOTA GENERAL
Nota general Resumen. Bibliografía.
520 ## - SUMARIO, ETC.
Sumario etc. Una de las más recurrentes preocupaciones de los legisladores y delos políticos desde hace algún tiempo es evitar la discriminación de género en todos los ámbitos de la vida, pero con especial interés en el entorno laboral. Son muchas las normativas que, tanto de orden supranacional, como europeo y, por supuesto, nacional se han promulgado en este sentido.Precisamente, teniendo encuenta el papel complementario con el que los planes y fondos de pensiones de empleo han sido concebidos en relación a los sistemas públicos de pensiones, resulta especialmente interesante analizar si es posible evitar la discriminación degénero a la hora de articular los mismos.Para ello se han estudiado las diferentes posibilidades que pueden revestir, es decir, de aportación definida o de prestación definida y, dentro de éstos, se ha diferenciado entre aquéllos cuyas prestaciones están totalmente aseguradas o no. También se han considerado los posibles efectos discriminatorios que se derivarían de exigir el empleo de una misma tabla de supervivencia para ambos sexos o permitir, dado el diferente comportamiento biométrico de hombres y mujeres, el uso de tablas distintas.La conclusión es clara: sólo si los planes de pensiones de empleo son de aportación definida y la prestación se cobra en forma de renta de capital, o si los planes de pensiones están totalmente asegurados y se aplican tablas unisexo (en cuyo caso, el mayor coste de contratar mujeres recae inicialmente sobre la aseguradora, con los efectos discriminatorios indirectos que de ello se pueden derivar) se evita eltrato discriminatorio. El resto de supuestos, que son los más frecuentes en Europa y que son los que promueve el Libro Verde de la Comisión Europea de 2010, genera discriminación, por lo que si lo que se quiere es evitar ésta será necesario que las autoridades prevean medidas que compensen al empresario para que no evite la contratación de mujeres y discrimine en su contra. Por lo tanto, ni la normativa comunitaria promulgada de aplicación a esta materia, ni la línea jurisprudencial que se deriva de la sentencia de 1 de marzo de 2011 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, resuelven el tema de la igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de pensiones complementarias, ya que dicha igualdad depende no sólo del marco legal que se establezca, sino del propio funcionamiento delos regímenes de pensiones en sí mismos, el cual está estrechamente relacionadocon el diferente comportamiento biométrico de hombres y mujeres.
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial PLANES DE PENSIONES
9 (RLIN) 48022
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial FONDOS DE PENSIONES
9 (RLIN) 44403
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial EMPLEO
9 (RLIN) 43494
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial MUJERES
9 (RLIN) 47798
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial DISCRIMINACIÓN
9 (RLIN) 53406
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial PRESTACIONES SOCIALES
9 (RLIN) 48107
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial ESTUDIOS DE GÉNERO
9 (RLIN) 59438
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial ESPAÑA
9 (RLIN) 41092
773 0# - ENLACE AL DOCUMENTO FUENTE
Título Crónica Tributaria
Número de control del registro relacionado 239
Parte(s) relacionada(s) n. 145, 2012, p. 97-106
942 ## - ELEMENTOS DE PUNTO DE ACCESO ADICIONAL (KOHA)
Tipo de ítem Koha Artículos
942 ## - ELEMENTOS DE PUNTO DE ACCESO ADICIONAL (KOHA)
-- 137428
Holdings
Estado de retiro Estado de pérdida Estado dañado No para préstamo Localización permanente Fecha de adquisición Signatura topográfica completa Código de barras Fecha visto por última vez Precio válido a partir de Tipo de ítem Koha
      Disponible para préstamo IEF 2012-12-26 CT/2012/145-5 CT/2012/145-5 2018-02-19 2018-02-19 Artículos

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