La relación entre la cosa juzgada penal y la cosa juzgada tributaria (Record no. 101573)

000 -CABECERA
campo de control de longitud fija 01942nab#a2200265#c#4500
003 - IDENTIFICADOR DEL NÚMERO DE CONTROL
campo de control IEF
005 - FECHA Y HORA DE LA ÚLTIMA TRANSACCIÓN
campo de control 20200219114910.0
008 - CÓDIGOS DE INFORMACIÓN DE LONGITUD FIJA
campo de control de longitud fija 140421s2014 ESP|| #####0 b|SPA|u
040 ## - FUENTE DE LA CATALOGACIÓN
Centro catalogador de origen IEF
Centro transcriptor ES-MaIEF
041 ## - CÓDIGO DE LENGUA
Código de lengua del texto/banda sonora o título independiente SPA
100 1# - PUNTO DE ACCESO PRINCIPAL - NOMBRE DE PERSONA
Nombre de persona Ciarcia, Anna Rita
9 (RLIN) 53167
245 ## - MENCIÓN DE TÍTULO
Título La relación entre la cosa juzgada penal y la cosa juzgada tributaria
Resto del título desde la prejudicialidad tributaria a la doble vía
Mención de responsabilidad etc. Anna Rita Ciarcia
260 ## - PUBLICACIÓN, DISTRIBUCIÓN, ETC. (PIE DE IMPRENTA)
Fecha de publicación distribución etc. 2014
500 ## - NOTA GENERAL
Nota general Resumen. Conclusión. Bibliografía.
520 ## - SUMARIO, ETC.
Sumario etc. El presente trabajo analiza la evolución de la relación entre el proceso penal y el proceso tributario italiano cuando obligado tributario incurrepresuntamente en delito fiscal. Originariamente estuvo vigente la prejudicialidad tributaria, que obligaba a suspender el proceso penal, a la espera de la resolución del proceso tributario. Con el tiempo los diversos pronunciamientos jurisprudenciales de la Corte Constitucional y la larga duración del proceso tributario, con el consiguiente retaso del proceso penal, provocaron la eliminación de la prejudicialidad, pero la solución tampoco ha resultado satisfactoria. La regulación actual contempla el principio de doble vía, que dispone que los dos juicios se desarrollen de manera autónoma. Además se ha establecido que las sentenciaspenales estén desprovistas de autoridad de cosa juzgada en el proceso tributario. La experiencia italiana interesa desde lapespectiva española, pues se trata de un tema que no está definitivamente cerrado, como lo demuestra la reciente modificación del art. 305 del Código Penal.
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial DERECHO PENAL TRIBUTARIO
9 (RLIN) 42255
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial DERECHO PROCESAL TRIBUTARIO
9 (RLIN) 42371
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial PROCEDIMIENTO ECONOMICO ADMINISTRATIVO
9 (RLIN) 48140
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial CUESTIONES PREJUDICIALES
9 (RLIN) 41660
650 #4 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial ITALIA
9 (RLIN) 47518
773 0# - ENLACE AL DOCUMENTO FUENTE
Título Crónica Tributaria
Número de control del registro relacionado 239
Parte(s) relacionada(s) n. 150, 2014, p. 83-98
942 ## - ELEMENTOS DE PUNTO DE ACCESO ADICIONAL (KOHA)
Fuente del sistema de clasificación o colocación
942 ## - ELEMENTOS DE PUNTO DE ACCESO ADICIONAL (KOHA)
Fuente del sistema de clasificación o colocación
Holdings
Estado de retiro Estado de pérdida Estado dañado No para préstamo Localización permanente Fecha de adquisición Signatura topográfica completa Código de barras Fecha visto por última vez Precio válido a partir de Tipo de ítem Koha
      Disponible para préstamo IEF 2014-04-21 CT/2014/150-3 CT/2014/150-3 2018-02-19 2018-02-19 Artículos

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