Instruccion que se debe observar en la Eleccion de Diputados , y Personeros del Comun, y en el uso y prerrogativas de estos Oficios, que se forma de Orden del Consejo, para la resolucion de las dudas ocurrentes, con presencia de lasque hasta aqui se han decidido .-- s.l. : s.n. , 1766
.--[4] p. 30 cm.
ELECCIONES
SIGLO XVIII