Grimaldi, Giulia
Comparación entre las società benefit italianas y las sociedades de beneficio españolas perspectivas para la introducción de un régimen fiscal especial para las sociedades mercantiles que persiguen fines sociales / Giulia Grimaldi
Bibliografía.
Las entidades híbridas del Cuarto Sector, caracterizadas por la coexistencia, en una misma entidad económica, de la finalidad de lucro y del propósito de perseguir un objetivo de interés general, han sido reconocidas en el ordenamiento jurídico italiano por Ley nº 208/2015 y en el ordenamiento español por Ley nº 18/2022. Actualmente, ninguno de los ordenamientos prevé un régimen fiscal específico para estas sociedades. Partiendo de esta premisa, el objetivo del presente trabajo es elaborar algunas reflexiones –que se consideran aplicables, con las debidas cautelas, a ambos sistemas jurídicos– sobre la conveniencia, y la posibilidad, de introducir un régimen fiscal específico para estas entidades, capaz de satisfacer la necesidad de promover el desarrollo del fenómeno pero también de situarse en una dimensión “fisiológica” que respete el marco de principios generales y normas ordinarias vigentes en los dos ordenamientos fiscales. Spanish legal system by Law no. 18/2022. Currently, none of these legal systems provides for a specific tax regime for these companies. Starting from this premise, the paper aims to elaborate some reflections –to be applied, with due caution, to both legal systems– on the convenience, and the possibility, of introducing a specific tax regime for these entities, capable of satisfying the need to promote the development of the phenomenon but also to be placed in a “physiological” dimension, respectful of the general principles’ framework and ordinary rules in force in the two tax systems.
ESPAÑA
ITALIA
SOCIEDADES
REGIMENES ESPECIALES
DERECHO COMPARADO
Nueva fiscalidad 1696-0173 n. 4, octubre-diciembre 2024, p. 191-232
Comparación entre las società benefit italianas y las sociedades de beneficio españolas perspectivas para la introducción de un régimen fiscal especial para las sociedades mercantiles que persiguen fines sociales / Giulia Grimaldi
Bibliografía.
Las entidades híbridas del Cuarto Sector, caracterizadas por la coexistencia, en una misma entidad económica, de la finalidad de lucro y del propósito de perseguir un objetivo de interés general, han sido reconocidas en el ordenamiento jurídico italiano por Ley nº 208/2015 y en el ordenamiento español por Ley nº 18/2022. Actualmente, ninguno de los ordenamientos prevé un régimen fiscal específico para estas sociedades. Partiendo de esta premisa, el objetivo del presente trabajo es elaborar algunas reflexiones –que se consideran aplicables, con las debidas cautelas, a ambos sistemas jurídicos– sobre la conveniencia, y la posibilidad, de introducir un régimen fiscal específico para estas entidades, capaz de satisfacer la necesidad de promover el desarrollo del fenómeno pero también de situarse en una dimensión “fisiológica” que respete el marco de principios generales y normas ordinarias vigentes en los dos ordenamientos fiscales. Spanish legal system by Law no. 18/2022. Currently, none of these legal systems provides for a specific tax regime for these companies. Starting from this premise, the paper aims to elaborate some reflections –to be applied, with due caution, to both legal systems– on the convenience, and the possibility, of introducing a specific tax regime for these entities, capable of satisfying the need to promote the development of the phenomenon but also to be placed in a “physiological” dimension, respectful of the general principles’ framework and ordinary rules in force in the two tax systems.
ESPAÑA
ITALIA
SOCIEDADES
REGIMENES ESPECIALES
DERECHO COMPARADO
Nueva fiscalidad 1696-0173 n. 4, octubre-diciembre 2024, p. 191-232