Carmona Fernández, Néstor

Deducción de gastos en retenciones cánones y software estandarizado electrónico / Néstor Carmona Fernández

Con base en la doctrina del TJUE se admite la deducibilidad de gastos en la práctica de la retención por el IRNR. Un software, pretendidamente estandarizado, en la medida en que puede ser objeto de adaptación a partir de una serie de componentes o módulos, así como desarrollar nuevas aplicaciones propias o aceptar modificaciones, genera cánones y no rentas empresariales, mediando convenio.


ESPAÑA
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES
RETENCIONES TRIBUTARIAS
GASTOS DEDUCIBLES
SOFTWARE

Carta Tributaria : Revista de Opinión 2443-9843 [papel] n. 95, febrero de 2023

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