Carbonell Sanchís, Carmen

Exención en el IVTM para discapacitados / Carmen Carbonell Sanchís .-- , 2019


Disponible también en formato electrónico en la Biblioteca del IEF.
Resumen.

El art. 93.2 del TRLRHL faculta a los Ayuntamientos para que regulen en su ordenanza fiscal del IVTM lo que deben aportar los interesados para disfrutar de la exención para discapacitados. No obstante, debemos tener presente que, de acuerdo con el art. 28 de la Ley 39/2015, los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.


TRIBUTOS LOCALES
IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA
MINUSVALIDOS
EXENCIONES TRIBUTARIAS
ESPAÑA

EL Consultor de los Ayuntamientos 0210-2161 n. Especial 4, Septiembre 2019, p. 137-147

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