000 01990nab#a2200277#c#4500
003 IEF
005 20190409171412.0
008 170516s2017 ESP|| #####0 b|SPA|u
040 _aIEF
_cES-MaIEF
041 _aSPA
100 1 _aSoto Bernabeu, Laura
_965359
245 _aLos efectos de la presentación fuera de plazo, transcurrido el plazo de prescripción, de una declaración o autoliquidación extemporánea bajo el régimen del Artículo 27 de la Ley General Tributaria
_c Laura Soto Bernabeu
260 _c2017
500 _aResumen. Conclusión. Bibliografía.
520 _aEl presente trabajo tiene por objeto realizar un comentario de la Resolución del TribunalEconómico-Administrativo Central del día 2 de febrero de 2017 en la que se pronunciaacerca de los efectos de la presentación de una autoliquidación complementaria fuera de plazo, sin requerimiento previo, una vez transcurrido el plazo de prescripción así como la procedencia de liquidar intereses de demora por el período de tiempo transcurrido desde la fecha de finalización del plazo voluntario de autoliquidación hasta la fechade presentación de las autoliquidaciones complementarias, en base a lo establecidoen el artículo 26.2 b) de la Ley General Tributaria. Al hilo de la citada Resolución, se expondrán algunas consideraciones suscitadas como consecuencia de la interpretación llevadaa cabo por el TEAC de la presentación extemporánea de declaraciones o autoliquidacionesy los cuestionables efectos que el TEAC atribuye a la regularización de la situación tributaria en la extinción de la deuda tributaria.
650 4 _aAUTOLIQUIDACIONES
_932220
650 4 _aPRESCRIPCION
_948101
650 4 _aTRIBUNALES ECONOMICO ADMINISTRATIVOS
_948616
650 4 _aJURISPRUDENCIA
_947570
650 4 _aESPAÑA
_941092
650 4 _941766
_aDECLARACIONES TRIBUTARIAS
773 0 _tCrónica Tributaria
_w239
_gn. 162, 2017, p. 215-227
942 _cART
_2udc
942 _2udc
999 _c95221
_d95221