000 01887nab#a2200265#c#4500
003 IEF
005 20181121121341.0
008 140131s2013 ESP|| #####0 b|SPA|u
040 _aIEF
041 _aSPA
100 1 _935645
_aPiña Garrido, Lilo
245 _aRecuperación de ayudas de Estado consistentes en medidas fiscales contrarias a derecho comunitario ( II )
_c Lilo Piña Garrido
260 _c2013
500 _aResumen. Conclusión. Bibliografía.
650 4 _aPROCEDIMIENTO DE RECUPERACIÓN
_961625
650 4 _aIMPUESTOS
_947460
650 4 _aAYUDA ESTATAL
_932236
650 4 _aINCUMPLIMIENTO DEL DERECHO COMUNITARIO
_953911
650 4 _aESPAÑA
_941092
520 _aLas ayudas de Estado no siempre son subvenciones, pueden consistiren medidas fiscales - incentivos, beneficios reconocidos por el legislador o laAdministración en la regulación o aplicación de los tributos - que igualmente colocan a su destinatario en ventaja - al reducir la carga económica que debe soportar - frente a sus competidores. Cuando las autoridades comunitarias llegan a la conclusión de que se han otorgado incumpliendo el procedimiento establecido -ayudas ilegales - o las condiciones para que no se altere indebidamente el juego de la libre competencia en el mercado interior - ayudas incompatibles -, las autoridades estatales tienen el deber de "recuperar" la ayuda. Al tratarse de ayudas fiscales, los Estados deben liquidar y exigir el pago de la parte de tributoque no se pagó en su día. No existe en nuestro país un procedimiento administrativo adecuado para llevar a cabo esto. En nuestro trabajo analizamos la situación actual y proponemos un procedimiento concreto que, a nuestro juicio, debería regularse en la Ley General Tributaria.
773 0 _tCrónica Tributaria
_w239
_gn. 149, 2013, p. 129-151
942 _cART
942 _z140256
999 _c67132
_d67132