000 02081nab#a2200265#c#4500
003 IEF
005 20190410135806.0
008 110720s2011 ESP|| #####0 b|SPA|u
040 _aIEF
_cES-MaIEF
041 _aSPA
100 1 _aMartínez Muñoz, Yolanda
_932327
245 _aLa revisión del principio de no concurrencia de sanciones tributarias a la luz de la normativa y jurisprudencia europea
_c Yolanda Martínez Muñoz
260 _c2011
500 _aResumen. Conclusión. Bibliografía.
520 _aLa expansión que a nivel internacional ha alcanzado el contenido material y formal del principio non bis in idem pone en entredicho la compatibilidad de la regulación nacional del principio de no concurrencia de sanciones tributarias con las normas europeas sobre derechos humanos y la doctrina del TEDH, según las cuales la prohibición del bis in idem impide la imposición de varias sanciones sobre los mismos hechos, así como el desarrollo de dos o más procedimientos sancionadores cuando concurra identidad de hechos, sujeto y fundamento. La preferencia del orden jurisdiccional penal para el enjuiciamiento de conductas que pudieran ser constitutivas de delito que declara el artículo 180 de la LGT suscita algunos interrogantes que pueden perjudicar la aplicación práctica de este principio de la potestad sancionadora en materia tributaria. En este trabajo se analiza el principio non bis in idem, tanto en su vertiente material como procedimental, con el propósito de articular una propuesta de modificación normativa que adapte el contenido del artículo 180 de la Ley al concepto y alcance del principio otorgado por el Protocolo número 7 al CEDH y la jurisprudencia del Tribunal Europeo.
650 4 _aINFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
_947813
650 4 _aINCOMPATIBILIDADES
_947466
650 4 _aINCUMPLIMIENTO DEL DERECHO COMUNITARIO
_953911
650 4 _aESPAÑA
_941092
650 4 _aUNION EUROPEA
_948644
773 0 _tCrónica Tributaria
_w239
_gn. 139, 2011, p. 107-137
942 _cART
_2udc
942 _2udc
999 _c66251
_d66251