000 01614nab#a2200277#c#4500
003 IEF
005 20231121180335.0
008 091113s2009 ESP|| #####0 b|SPA|u
040 _aIEF
041 _aSPA
100 1 _aAlmudí Cid, José Manuel
_9521
245 _aLa tributación indirecta del contrato de concensión de obras públicas a la luz de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, y de la reciente doctrina de la Dirección General de Tributos
_c José Manuel Almudí Cid
260 _c2009
500 _aResumen. Conclusión.
650 4 _aCONTRATO DE OBRAS
_940926
650 4 _aIMPUESTOS INDIRECTOS
_946528
650 4 _aCOLABORACIÓN PÚBLICO - PRIVADA
_953540
650 4 _aLEGISLACION
_947615
650 4 _aESPAÑA
_941092
650 4 _aCOMENTARIOS
_937885
520 _aEl presente trabajo tiene por objeto el análisis de la tributaciónindirecta del contrato deconcesión de obras públicas, incidiendo fundamentalmente en los efectos que, en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas, tendrán las distintas alternativas de colaboración público-privada a través de las cuales es posible instrumentar tanto la ejecución como el mantenimiento y explotación de las infraestructuras públicas. A estos efectos, se toma como referente la doctrina de la Dirección General de Tributos relativa al contrato de concesión de obras públicas, plasmada en su reciente Resolución de 5 de noviembre de 2007.
773 0 _tCrónica Tributaria
_w239
_gn. 132, 2009, p. 63-81
942 _cART
942 _z128863
999 _c65295
_d65295